El Reglamento General de Protección de Datos, obliga a todo tipo de negocio y empresa que, en su actividad, formen parte operaciones en las que sean imprescindibles el tratamiento de datos, a protegerlos y salvaguardarlos; en caso contrario, deberán asumir las correspondientes sanciones.
Los obligados son todos aquellos autónomos, Comunidades de Propietarios que tengan o no algún sitio web y, las Pymes; en fin, todas aquellas personas que gestionen datos que sean de carácter personal. Entre ellos, correos electrónicos y nombres, entre otros.
Es muy importante conocer este reglamento y su alcance, de este modo será difícil incumplir por desconocimiento. Como en todo, existen profesionales que se dedican a aquellas tareas para cuales no tienes tiempo o simplemente, no conoces. Recuerda que el hecho de que no conozcas la Ley, no te exime de su cumplimiento; por eso, en estos casos lo mejor es dejar todo en mano de expertos como protecciondedatosempresas.net quienes de una manera muy profesional se encargaran de todo.
El incumplimiento de este reglamento origina sanciones administrativas; que, dependiendo del tipo de la infracción establece el monto a pagar por la misma. Estas sanciones van desde 600,01 € hasta 601.012,10 €.
Los delegados de protección para los datos
Los delegados de protección para los datos, son aquellas personas que tienen la responsabilidad de asesorar a las empresas sobre el tema. La idea es instruir al mayor número de personas para que siempre se cumpla la Ley.
Ellos están capacitados para determinar cuáles son los posibles errores que se están cometiendo en este tema, para que sean corregidos y se cumpla con lo establecido. Estos delegados se requieren de manera obligatoria, en aquellos casos en que las instituciones manejen gran volumen de datos, y mucho más si son sensibles. Sus obligaciones están establecidas en la nueva Ley de protección de datos, en los artículos que van desde el 36 hasta el 37.
Estos artículos también establecen, cuáles son las empresas obligadas a contratarlos. En el caso de que no sea obligatorio hacerlo, de igual forma es buena idea contar con estos asesores.
Lo mejor es permitirle al delegado de protección de los datos que trabaje con libertad y estar atentos a sus directrices; de este modo, se evitará el incumplimiento de la Ley al tiempo que, se mantiene la imagen de la empresa intacta. Por otro lado, se evita el pago de sanciones; y, por ende, el desembolso de un dinero que puede ser utilizado en beneficio de la empresa.
Documento de seguridad de la LOPD
Todas las empresas que manejen datos deben dar estricto cumplimiento a la ley Orgánica de Protección de Datos; y por este motivo, también deben contar con un “documento de seguridad” como ella lo establece. En este documento, se encuentran todos los deberes que deben cumplir aquellos que manejen los datos de las empresas.
Este documento es de carácter obligatorio, y así lo establece el Real Decreto 994/1999 del 11 de junio. En este decreto, también se aprobó el reglamento respecto a las medidas de seguridad referente a los ficheros automatizados que contienen datos personales.
Quien sea responsable del fichero, deberá realizar un documento de seguridad que recopile todas las medidas técnicas y organizativas de acuerdo a las normas de seguridad vigentes. Esto debe ser de obligatorio cumplimiento para todas aquellas personas que tengan acceso a los sistemas de información.
Este documento de seguridad, debe reflejar de manera detallada la información respecto a los datos que tenga una empresa, la manera en que esta los resguarda y qué personas tienen acceso a los ficheros.
En el reglamento de protección de datos, se encuentra toda la información que debe contener el mencionado documento de seguridad.